Actualidad Noticias

Huelga de trenes: ¿cuáles son tus derechos?
Huelga de trenes: ¿cuáles son tus derechos?

Huelga de trenes: ¿cuáles son tus derechos?

Nueva huelga de trenes coincidiendo con unas fechas clave, esta vez, las vacaciones de verano, con miles de desplazamientos. Muchos viajeros van a enfrentarse con toda seguridad a cancelaciones y retrasos. En tu maleta no puedes olvidarte de tus derechos: te los recordamos. 

Una nueva huelga ferroviaria va a hacer que muchos viajeros se queden sin su tren: te contamos qué hacer si te pilla un retraso o una cancelación. 

A qué tienes derecho si cancelan tu tren

En caso de cancelación del viaje en tren, según se establece en el Reglamento de sector ferroviario, el viajero tendrá derecho a que se le devuelva el precio pagado por el servicio. 

Si la cancelación se produce en las cuarenta y ocho horas previas al inicio del viaje (como en este caso), la normativa establece que "la empresa ferroviaria estará obligada a proporcionarle transporte en otro tren u otro modo de transporte, en condiciones equivalentes a las pactadas o a devolverle el precio pagado por el servicio".

Cuando el viajero fuera informado de la cancelación del viaje en las cuatro horas previas a la fijada para su inicio, tendrá derecho, además, a una indemnización a cargo de la empresa ferroviaria por el doble del importe del título de transporte.

Es decir, para quienes se vean afectados por la cancelaciones de trenes a causa de la huelga de Renfe, la solución pasa por:

  • Reembolso: que te devuelvan todo lo pagado (o la parte del viaje que no has disfrutado). 
  • Alternativa: llevarte a tu destino de otra manera y lo antes posible. O te ponen en otro tren o consiguen un autobus u otro medio de transporte.

¿Y en caso de retraso?

Renfe, además, en caso de retraso, en virtud de su "compromiso voluntario con sus clientes", aplica lo establecido en el reglamento a cualquier circunstancia, incluidas las incidencias causadas por fuerza mayor., Y las mejora para determinados trenes:

¿Sin indemnizaciones?

En principio no hay indemnizaciones previstas. El Reglamento establece expresamente que el transportista quedará exento de responsabilidad por los retrasos o cancelación producidos por fuerza mayor, aunque a nuestro juicio una huelga como esta no pueda ser considerada “circunstancias excepcionales”, pues su gestación es de dominio público.

A juicio de OCU, como las cancelaciones por la huelga producen al viajero las mismas molestias que los retrasos, consideramos que se deberían compensar en las mismas condiciones que las previstas en el compromiso de puntualidad de Renfe.

En cualquier caso, nuestro consejo para los viajeros afectados es que conserven copia de los de los tiques o facturas de los gastos que hagas por culpa del retraso o cancelación: tal y como establecen las normas, cualquier viajero podrá reclamar por vía judicial o arbitral, los daños y perjuicios justificados que la cancelación del viaje o el retraso en su llegada al destino previsto le ocasione.

Hay que regular mejor el derecho a huelga

En OCU hemos insistido reiteradamente en la necesidad de regular el derecho de huelga y adecuarlo a la realidad actual para que los trabajadores puedan recurrir a esta medida de presión sin lesionar los derechos de otros consumidores (especialmente en servicios de interés general). 

Si eres uno de los afectados, en OCU podemos ayudarte. Llama al 91 300 91 51

Consulta la info original AQUI

Level AA conformance,
		            W3C WAI Web Content Accessibility Guidelines 2.0
© 2024 - Sernutec - Servicios y Nuevas Tecnologías