Actualidad Noticias

Fecha de caducidad y consumo preferente, aprende a diferenciarlos
Fecha de caducidad y consumo preferente, aprende a diferenciarlos

Conocer una u otra son básicas a la hora de consumir o tirar un alimento. Estas son las claves proporcionadas por la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan) para discernirlas.

El caso de la conservera valenciana Nudisco SL que manipulaba fechas de caducidad ha vuelto a poner en el disparadero el desconocimiento hacia estos dos conceptos: 

1-. ¿Se puede consumir un alimento cuando ha superado la fecha de «consumo preferente»? La respuesta es que sigue siendo seguro, pero no se debe superar la fecha que indica. 

La fecha de «consumo preferente» indica el momento hasta el cual el alimento conserva la calidad prevista. El alimento sigue siendo seguro para el consumidor una vez pasada la fecha de «consumo preferente», siempre que se respeten las instrucciones de conservación y su envase no esté dañado; sin embargo, puede empezar a perder sabor y textura.

 

La fecha de «consumo preferente»aparece en una amplia variedad de alimentos refrigerados, congelados, desecados (pasta, arroz, etc.), enlatados y otros alimentos (aceite vegetal, chocolate, etc.).

Antes de tirar el alimento por haber pasado su fecha de «consumo preferente», hay que comprobar si goza aún de buen aspecto, y hay dos elementos determinantes, el olor y el sabor. Hay que cerciorarse antes de que el envase está intacto y no ha sufrido ningún desperfecto o está perforado. Cuando se abre un envase de alimentos con fecha de «consumo preferente», se debe seguir las instrucciones, por ejemplo si indica«una vez abierto el envase, consumir en tres días» hay que ser extremadamente rigurosos con este plazo de tiempo y no ingerirlo pasada esa indicación. 

2-. ¿Se puede consumir un alimento cuando ha superado la fecha de caducidad? Con rotundidad, no. La deriva es una intoxicación alimentaria que en la mayoría de los casos acaba siendo leve, pero que puede llegar a provocar enfermedades como el botulismo o la salmonelosis, o en muy contados casos, puede llegar a matar. La intoxicación de unos productos en mal estado en Alcalá de Guadaíra, en un familia sevillana, acabó con tres personas muertas, en un suceso que alarmó a la sociedad. 

La misma Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición alerta de que no se puede consumir ningún alimento pasada esta fecha indicada, que aparece en alimentos muy perecederos, como el pescado fresco, la carne picada, etcétera. Además, recomienda al usuario que siga las instrucciones de conservación, por ejemplo «conservar en el frigorífico» o «conservar a 2-4 °C» que aparezcan en el mismo; de lo contrario, el alimento se estropeará antes y el consumidor se arriesga a sufrir una intoxicación alimentaria.

Congelado, sí se mantiene

Si se congela el alimento en casa poco después de adquirirlo, se puede alargar su conservación más allá de la fecha de «caducidad», siempre que lo congele correctamente. No obstante, recuerda Aecosan, que hay que seguir al pie de la letra las instrucciones que figuren en el envase, por ejemplo «guardar en el congelador hasta la fecha de caducidad», «cocinar sin descongelar» o «descongelar previamente por completo y consumir en las veinticuatro horas siguientes».

Una vez abierto un envase con fecha de «caducidad», se debe hacer caso de las instrucciones especificadas de conservación y consumo, por ejemplo, «una vez abierto el envase, consumir en tres días», teniendo presente que el alimento debe consumirse antes de que pase la fecha de «caducidad».

Fuente: ABC

Level AA conformance,
		            W3C WAI Web Content Accessibility Guidelines 2.0
© 2024 - Sernutec - Servicios y Nuevas Tecnologías